jueves, enero 11, 2007

OTRO CASO DE PEDERASTIA CLERIGAL

Publicado en el http://senderodelpeje.blogspot.com, el día 11 de enero del 2007

SOBRE ENCUBRIMIENTO DE PEDERASTIA EN COAHUILA


Por Arturo Rodríguez García , arodriguez@vanguardia.com.mx arodriguez@vanguardia.com.mx

Con el aprovechamiento de resquicios legales y la protección de los órganos de procuración e impartición de justicia, dos sacerdotes que abusaron sexualmente de menores en la Región Lagunera (Torreon Coahuila y Gomez Palacio Durango), seguirán libres, a pesar de las pruebas que existen en su contra

Con la protesta de instituciones públicas dedicadas a la defensa del menor y la familia, autoridades judiciales del fuero común dejaron sin efecto o de plano reclasificaron las imputaciones para dejar en libertad al clérigo Carlos Franco Hernández, párroco del ejido Congregación Hidalgo, de Matamoros, Coahuila, así como al sacerdote Enrique Vargas Duarte, de la iglesia de San Antonio de Padua, en Cuencamé, Durango, quien ni siquiera pisó los tribunales.

Además de la complicidad de autoridades judiciales y la intervención de influyentes sacerdotes y obispos para evitar el cumplimiento de las sanciones que impone el código penal en esos estados, la manipulación de familiares y víctimas mediante el retorcimiento de valores religiosos, se convirtió en el instrumento para que al menos en el caso de Durango, el menor victimado y su familia asuman la seducción sacerdotal como cosa normal, pues según expuso el niño a las autoridades que lo inquirieron, es la práctica que el cura observa con los otros monaguillos.

Mediante el reporte PFP-135/2006 rendido en la guardia de la Policía Federal Preventiva, agentes de la unidad 7748, asignados al destacamento V-17 y a cargo del tramo carretero Yerbaniz-Chocolate, encontraron una camioneta color negro, estacionada a la orilla de la carretera. Al proceder a su inspección, los policías federales encontraron al clérigo y al niño, de 12 años de edad, con “los pantalones a media pierna” en un mismo asiento, donde el sacerdote le hacía tocamientos.

A pesar de encontrarlo in fraganti, el clérigo negó haber violado al menor pero reconoció los tocamientos. Según el mismo parte informativo, ratificado en las declaraciones posteriores de los policías, el cura Vargas Duarte le dijo al niño:

“Tú no digas nada; esto lo vamos a arreglar aquí; ayúdame, hijo, para que no me lleven, reza para que no me lleven”. El adolescente se alteró, ante la negativa de los federales al cura que les insistía “vamos a arreglar esto aquí”.

Las relaciones sexuales fueron ratificadas por el menor por su puño y letra, pero al enterarse de que Vargas Duarte continuaba detenido y a disposición del Ministerio Público, se desdijo y aseguró que había dado su consentimiento a que el sacerdote le practicara sexo oral.

El artículo 394 del código penal de Durango, establece que “si la persona ofendida fuera menor de catorce años, aun cuando aparezca que prestó su voluntad para la cópula se considerará que hubo violación y la pena será de 10 a 15 años de prisión”.

Además, la legislación penal de Durango considera la penetración oral como violación y la incomprensión de los hechos por parte de la víctima es elemento del tipo penal, según se desprende del artículo 396, que considera las mismas penas para quien “introduzca por la vía anal o vaginal cualquier elemento, instrumento o cualquier parte del cuerpo humano distinto del pene así como la introducción de éste por la vía oral en una persona menor de 12 años de edad o que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho, o que, por cualquier causa, no pudiera resistirlo”.

El subprocurador de justicia para la laguna de Durango, Hugo Armando Reséndiz Martínez, se basa en ese mismo código para explicar que no se abriera una averiguación previa.

Al ser puesto a disposición del ministerio público por la PFP, el menor se desdijo y negó haber sido violado. La madre habló ahí mismo con él y al concluir, no quiso interponer la denuncia, por lo que el sacerdote Vargas Duarte quedó en libertad, según el funcionario.

Reséndiz Martínez, sostiene que al ser detenido el sacerdote, se le ofreció apoyo psicológico al niño que mostraba síntomas de desequilibrio emocional, pero la madre se negó a aceptarla. Ante la pasividad de los padres de la víctima y el consentimiento del menor, el fiscal no abrió averiguación previa.

La única alternativa para que la tutela del estado se hiciera valer e iniciara el procedimiento, era que la madre tuviera síntomas notorios de desequilibrio mental u otra incapacidad jurídica, pero al no ser así, el asunto se mantendrá cerrado con la expectativa de que luego se pudiera interponer la querella, pues el delito prescribe en tres años, dice Résendiz.

En sus propias oficinas, dos colaboradores que pidieron anonimato, sostienen que la actitud omisa por parte de la familia del menor no es descifrable, en tanto la procuraduría estatal fue objeto del activismo de monseñor Héctor González Martínez, arzobispo de Durango, quien habría intercedido para allanar el camino al cura violador.

En tanto, desde la arquidiócesis se inició un juicio canónico contra el sacerdote Enrique Vargas Duarte, con el que se le suspendió de sus derechos clericales y fue retirado de la parroquia donde oficiaba en Cuencamé. Su paradero es desconocido.

Ya Rebeca Galindo Bautista, víctima de la complicidad entre sacerdotes y políticos que la mantuvieron en presidio durante 22 meses acusada del homicidio del sacerdote Ignacio Flores Gaytán, había denunciado en 2005, que existe una red de 13 curas pederastas en la Laguna

Unos días después del escándalo por el caso de Cuencamé, reavivado cuando la Coordinación Jurídica del municipio de Lerdo, Durango, y la Procuraduría de la Mujer, el Menor y la Familia, solicitaron la documentación del caso para exigir que se proceda, se dio a conocer otro escándalo de abuso sexual de un sacerdote, esta vez en Torreón, que permaneció encubierto durante tres meses.

A finales de agosto, el sacerdote Carlos Franco Hernández, párroco de una iglesia en el ejido Congregación Hidalgo, del municipio de Matamoros, visitó a una conocida en Torreón, a quien habían encargado un niño de 8 años, mientras su madre trabajaba.

Confiada, la mujer dejó a Carlos Franco y al menor viendo televisión.

Conforme a la denuncia interpuesta por la madre, los primeros días de octubre, se percató de varios moretones y mordidas en la espalda de su hijo, mientras jugaba. Al preguntarle sobre lo ocurrido el niño se negó hasta que terminó narrando el abuso sacerdotal. Mientras veían televisión, el menor se encontraba boca abajo con las manos en la barbilla, “sentí que algo se me subió en la espalda” dijo al MP. Era el cura que se le echó encima, inmovilizándolo con las rodillas; luego le hizo caricias obscenas provocándole varios chupetones en la espalda y hombros, hasta que, extasiado, el clérigo lo mordió.

El examen del médico legista fue contundente para que el fiscal Fernando Maximiliano Vega Tafoya, calificara el delito como un atentado al pudor impropio que de acuerdo con el artículo 398 del Código Penal para la entidad, establece la aplicación de uno a cinco años de prisión y multa, “a quien sin el propósito de llegar a la cópula y con o sin consentimiento de una persona menor de doce años de edad, ejecute en ella un acto erótico”.

El mismo ordenamiento plantea el agravante; “si se emplea violencia física o moral suficiente para intimidar a la víctima y cometer el delito, se aplicará de dos a seis años de prisión y multa”.

Vega Tafoya consideró que la forma en que se describieron los hechos, las lesiones calificadas por el legista y la condición moral del sacerdote, configuraban el agravante, pero el juez 1º del ramo penal Octaviano Sánchez Sánchez, reclasificó el delito, según consta en el expediente TSJEC-343/2006, para él, las lesiones forman parte del delito de “atentados al pudor” y excluyó la violencia, con lo que el cura Carlos Franco, sigue en libertad y de resultar responsable una vez concluido el proceso, saldrá libre bajo fianza.

El favoritismo del juez Octaviano Sánchez al sacerdote quedó de manifiesto no sólo con la reclasificación del delito, sino con acciones inusuales en un proceso judicial. Por ejemplo, antes de girar una orden de aprehensión y hacerla del conocimiento de la fiscalía, se notificó al acusado, por lo que éste se presentó voluntariamente, para negar las imputaciones y declarar que el menor estaba muy inquieto y no lo dejaba ver televisión, por lo que lo tomó de los hombros y le provocó las lesiones sin intención.

Finalmente, con la reclasificación, el juzgador giró un auto de sujeción a proceso, en el que notificó al acusado del delito por el que se le instruiría un proceso.

El 13 de diciembre, el obispo de Torreón, José Guadalupe Galván Barragán, defendió al sacerdote Carlos Franco, pues a su juicio existe una confusión respecto al caso: “Cometió la imprudencia de jugar con él, pero no se trata de un caso de pederastia”. Luego agregó que “la madre estaba en su derecho de imaginarse cosas peores”.

La defensa de algunos sacerdotes a Carlos Franco llegó al grado de acusar a la familia del menor de intentar obtener ventaja económica, pues según Miguel Ángel Cervantes, párroco de Nuestra Señora del Refugio, en Matamoros, en declaraciones a El Siglo de Torreón, cuando se usa a un niño y se le instruye para que diga ciertas cosas, “y que además lo sostenga, es fácil sacar dinero”.

El martes 20 de diciembre, el obispo Galván Barragán acudió a la parroquia de San Isidro en el ejido Congregación Hidalgo —ubicado a media hora de Torreón—, donde brindó su espaldarazo a los feligreses de Carlos Franco quien continúa ejerciendo su sacerdocio ahí.

El miércoles 21, este redactor acudió a la comunidad para procurar una entrevista con el clérigo. Un grupo de jóvenes de la Ciudad de México habían preparado una pastorela con los niños del lugar que esperaban a Carlos Franco para poder iniciar. Una hora después de la establecida para el arribo del cura, no se presentó, mientras un hombre robusto se aproximó para decir al reportero que “el padre no vendrá hoy, es muy difícil que venga porque se fue a recorrer comunidades”. Dos horas después, el espectáculo no comenzaba y el sacerdote no se presentó.

Según fuentes religiosas consultadas, la posibilidad de reclasificar el delito fue gracias al activismo y la cadena de favores solicitados por el obispo Guadalupe Galván y el influyente párroco José Rodríguez Tenorio. Como ya es costumbre, hombres de poder, que posibilitan la impunidad y defienden el celibato.

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